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Consulta 14/11/2017
Formulada por: Irlim
Descripción: Me traje de manera irregular a mi hijo a España, tenía 16 años entonces me dijeron que tenía que tener dos años empadronado para poderle solicitar la residencia pero el 31 de diciembre tiene los 18 y desde la fecha que entraron cumplen los dos años en 1 enero y de empadronado 6 de enero yo tengo la residencia de dos años ¿qué debo hacer?
Gracias de antemano por su ayuda
Nacionalidad: Honduras
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 15/11/2017
Aportada por: Judith Sobrino González
Su tarjeta de presentación: Abogada colaboradora de Fundación Migrar - Valladolid
Enunciado de respuesta: Buenos días, Ciertamente, para el caso de menores basta con acreditar dos años en España, para eximirles del visado ( si tú reúnes el resto de requisitos para la reagrupación familiar). Sin embargo, si tu hijo cumple la mayoría de edad antes de acreditar los dos años, deberá esperar a los 3 años en España, y solicitar arraigo social, como cualquier adulto. Si convive contigo en ese momento y aportas medios económicos para su sostenimiento, le pueden eximir del requisito del contrato de trabajo. Espero que tengas mucha suerte. Un saludo, atentamente, Judith Sobrino