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Consulta 05/05/2021
Formulada por: Lauraschm
Descripción: Buenos días,
Desde el 2018 soy empleada por una empresa española, residiendo en España con NIE, y por supuesto aportando a la seguridad social hasta hoy en día.
Desde el comienzo de la pandemia he trabajado en remoto desde Israel, y no he podido regresar a Madrid aún dado que estoy embarazada y se trata de un embarazo de alto riesgo.
Los médicos me han recomendado dejar de trabajar desde abril y hasta julio, que es cuando se supone que saldría de baja por maternidad.
Mi pregunta es, si la seguridad social aceptará los certificados médicos que me han sido otorgados por los médicos israelies (escritos en inglés), o qué debo hacer para que se me apruebe la baja por enfermedad prolongada?
Más adelante también necesitaré asesoramiento sobre cómo solicitar la baja por maternidad desde Israel, y cómo tramitar la residencia para mi hija, para poder regresar juntas a Madrid.
Muchas gracias por su ayuda!
Laura
Nacionalidad: Israel
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 12/05/2021
Aportada por: Marina Lozano Cabezas
Su tarjeta de presentación: Coordinando Migrar.org
Enunciado de respuesta: Buenos días, Le adjuntamos el procedimiento que se sigue en casos como el suyo para países que no tienen convenio bilateral con España (como es el caso de Israel), para que pueda realizar el procedimiento correctamente: Empresas que tengan desplazados a sus trabajadores en otros países. El empresario deberá comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el traslado de sus trabajadores fuera del territorio nacional, a los efectos de que pueda determinarse si dichos trabajadores han de figurar o no en situación asimilada a la de alta, teniendo en cuenta que se consideran en situación asimilada a la de alta a los trabajadores trasladados por sus empresas fuera del territorio nacional. En dicho supuesto se realizarán las siguientes actuaciones: