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Consulta 04/11/2015
Formulada por: surebet2010
Descripción: Hola.
Mi pareja es venezolana, quisiera saber los requisitos para viajar a España desde Venezuela,nos han dicho que para viajar por 3 meses no se necesita visado, basta con el pasaporte y el boleto de ida y vuelta,junto con una cantidad de dólares o euros(no sabemos cuanto).
Mi duda está en si entrando a España por esos 3 meses sin necesidad de visado ella podría trabajar en territorio español y si por consiguiente se puede aumentar la estancia en el país si se está trabajando. Yo le podría mandar carta de invitación, soy español y tengo contrato de arrendamiento de una vivienda. También si pudiera empadronarse en mi casa y si eso valdría para obtener residencia en el país.
Para cuando esté en España hemos valorado a parte de contrato de trabajo otras opciones como puede ser casarnos por lo civil o como pareja de hecho, no sabemos qué trámites tendremos que hacer y qué requisitos harían falta. Les agradecemos la atención prestado y aprovechamos para felicitarle por la labor realizada.
Saludos
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Cádiz
Respuesta 23/11/2015
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, En cuanto a la entrada en España, tiene usted la información correcta, pues al ser de Venezuela no se necesita visado. Bastaría con tener billete de vuelta, recursos económicos y acreditación del motivo del viaje (para lo que puede valer la carta de invitación o reserva hotelera). Si usted realiza la carta de invitación y su pareja no regresa pasados tres meses, sólo le podrian sancionar a usted si su pareja siguiera a su cargo pasado este tiempo, lo que se presumiría si sigue viviendo con usted. El hecho de entrar con una reserva hotelera le evitaría a usted este posible inconveniente, pero podría suponer un problema al entrar, pues si manifiesta que se va a reunir con su pareja en España, puede resultar sospechoso que se haga una reserva de hotel Si se entra de esta forma en España no será posible trabajar legalmente, pues su pareja estará en situación de estancia, que no autoriza a trabajar. En cuanto al matrimonio, si lo desean podrían iniciar el trámite antes de que su pareja esté en España, pues no se requiere la presencia de los dos para iniciarlo. Basta con que lo haga uno de los dos ante el Registro Civil, donde le podrán decir cuanto están tardando en realizar el trámite. Puede encontrar más información sobre el matrimonio civil pinchando aquí. La inscripción como pareja de hecho depende de su lugar de residencia, pues no en todos los lugares existen registros públicos de uniones de hecho, y donde existen, no se exijen siempre los mismos requisitos. Para esto deberá acudir a su Ayuntamiento, donde le informarán si en su municipio o Comunidad Autónoma existe uno de estos registros y los requisitos que exigen para la inscripción, así como los plazos de tramitación. Una vez celebrado el matrimoni o relizada la inscripción, siempre que usted esté trabajando en España o tenga medios de vida propios, su pareja podría obtener la residencia en régimen comunitario, según el procedimiento que encontrará pinchando aquí. Suerte y un saludo.