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Consulta 29/03/2016
Formulada por: kenolindo
Descripción: Hola,
Me hice pareja de hecho ella chilena y yo igual , ahora tengo nacionalidad y hicimos en su momento su tarjeta como comunitaria, ella a su vez tienes dos hijos a los cuales también puedo incluir en su tarjeta comunitaria.
Mi pregunta es si al separarme o dar de baja la pareja de hecho ella y sus hijos pierden el estatus de comunitario y pueden seguir trabajando o estudiando normalmente. y ella pierde su documentación.
como podría renovar si yo con nacionalidad y padre de una hija en común desago la pareja de hecho, ¿automáticamente pierde su tarjeta comunitaria y cual seria su situación legal?
Muchas gracias por su pronta respuesta
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 07/04/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, Su pareja podría conservar su residencia si se está en uno de los siguientes casos: a) Si la duración de la inscripción como pareja de hecho hubiera sido superior a tres años y de ellos hubiera pasado al menos uno en España. b) Si existen hijos comunes y su pareja tiene la custodia de los mismos por resolución judicial o por mutuo acuerdo c) Si existen hijos comunes y su pareja tiene una resolución judicial o un acuerdo que le da derecho de visitas al menor si éste reside en España. Si no está en ninguno de estos casos, su pareja no conservaría la residencia comunitaria y debería solicitar su modificación a una autorización de residencia y trabajo, para lo cual necesitaría un contrato de trabajo. Puede consultar este trámite pinchando aquí. En ambos casos, es necesario informar a las autoridades de la cancelación de la inscripción de la unión de hecho, lo que se puede hacer con este formulario. Suerte y un saludo.
Respuesta 07/04/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, Su pareja podría conservar su residencia si se está en uno de los siguientes casos: a) Si la duración de la inscripción como pareja de hecho hubiera sido superior a tres años y de ellos hubiera pasado al menos uno en España. b) Si existen hijos comunes y su pareja tiene la custodia de los mismos por resolución judicial o por mutuo acuerdo c) Si existen hijos comunes y su pareja tiene una resolución judicial o un acuerdo que le da derecho de visitas al menor si éste reside en España. Si no está en ninguno de estos casos, su pareja no conservaría la residencia comunitaria y debería solicitar su modificación a una autorización de residencia y trabajo, para lo cual necesitaría un contrato de trabajo. Puede consultar este trámite pinchando aquí. En ambos casos, es necesario informar a las autoridades de la cancelación de la inscripción de la unión de hecho, lo que se puede hacer con este formulario. Suerte y un saludo.