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Consulta 21/09/2018
Formulada por: formuloconsultas
Descripción: 1. ¿Cuándo acaban los 5 años de la protección subsidiaria qué ocurre? ¿Qué se debe hacer para seguir regularizado?
2. ¿Por qué el beneficiario de la protección subsidiaria no puede volver a su país de origen y en cambio sí puede regresar un beneficiario de extensión por protección subsidiaria?
Gracias.
Saludos.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Cantabria
Respuesta 20/11/2018
Aportada por: Antonio Ruiz Núñez de Castro
Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española Málaga
Enunciado de respuesta: Buenos días, En principio la protección subsidaria tiene un caracter permanente, por lo que para renovar la tarjeta de residencia deberá dirgirse al mismo lugar donde le expidieron la primera tarjeta de residencia y dicha tarjeta sería renovada por otro periodo de 5 años. Caduca la tarjeta de residencia, no la protección. En determinadas circunstancias puede ser revocada la protección subsidaria, pero esta circunstancia es más extraordinaria y no es habitual que ocurra. Así mismo, tras 5 años de residencia ininterrumpida cabe solicitar un permiso de residencia por el Régimen General. Respecto de la segunda pregunta, no es exacto lo que afirmas, a día de hoy existe un vacio legal sobre si los beneficiarios de protección internacional subsidaria pueden regresar al país, al contrario que el caso de los refugiados que lo tienen terminantemente prohibido. Me consta que existen algunos beneficiarios de protección internacional subsidiaria que han regresado a su país por un corto periodo de tiempo que no han perdido su condición de beneficiario. Un saludo.