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Consulta 23/05/2005
Formulada por: www.migrar.org
Descripción: ¿Pueden las autoridades españolas documentarle?
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Respuesta 23/05/2005
Aportada por: Cruz Roja Española
Su tarjeta de presentación: Capital Humano en Organizaciones Multiculturales
Enunciado de respuesta: Las autoridades españolas puedan documentar a aquellos extranjeros que demuestren mediante acta notarial que deje constancia del requerimiento efectuado y no atendido por su representación diplomática o consular que no pueden ser documentados por las autoridades de su país de origen y que acrediten que se dan circunstancias de carácter humanitario o excepcionales, concediéndoles un documento llamado cédula de inscripción.