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Consulta 14/08/2019
Formulada por: Adrián_B
Descripción: Buenos días,
Leyendo las consultas hechas en su portal, entiendo que una ciudadana extracomunitaria con pareja de hecho con un español reconocida, tiene derecho a trabajar "solo con el resguardo de haber solicitado la tarjeta de familiar", según la RD 240/2017 del 16 de febrero.
Siendo esto así y estando pendiente de la resolución de la tarjeta de familiar de comunitario, esta persona fue contratada y dada de alta en la seguridad social en un empleo, del cual le han despedido argumentando que no tiene permiso de trabajo. Además, la empresa se niega a pagar no solo la indemnización por despido, sino también los días trabajados, hasta que no tenga la tarjeta NIE física.
¿A qué organismo podemos dirigirnos para tratar este asunto y por lo menos hacer que la empresa pague los días trabajados?
Muchísimas gracias por su ayuda y por la enorme labor que realizan.
Un saludo,
Adrián
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 18/09/2019
Aportada por: Granada Fernández Dias
Su tarjeta de presentación: Abogada de Cruz Roja Española - Badajoz
Enunciado de respuesta: Buenas tardes, Debería contactar con un abogado especializado en derecho laboral para que le asesore, ya que quizá fuera necesario presentar una demanda en el Juzgado de lo Social. Si no tuviera recursos suficientes para contratar a un abogado deberá dirigirse al Colegio de Abogados de Madrid, situado en la calle Serrano para que solicitar un abogado de oficio. Un saludo,