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Consulta 02/11/2022
Formulada por: Diana Carolina Velosa Moreno
Descripción: Buenas tardes.
Soy casada en Colombia hace seis años, mi esposo tiene la nacionalidad Española ya que tiene 20 años viviendo en España. Yo, llegué hace tres meses a España y estamos en proceso de inscripción de Matrimonio, adicional, tengo una hija de 10 años que no es hija de mi esposo, y quiero traerla pronto.
Mi pregunta es que no se el paso a seguir una vez termine el proceso de registro del matrimonio en España, no se si se solicita reagrupación familiar, si se solicita arraigo familiar. Conocí algunas personas que por matrimonio les han entregado tarjeta de residencia por 5 años, y otros me dicen que me dan residencia solo por un año. Agradezco inmensamente me ayuden a entender que debo gestional y como se gestiona.
Adicional que proceso tengo que hacer para traer a mi hija, y cuanto tiempo me dan de permiso de trabajo y como solicitar la nacionalidad.
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Comentario: Muchas gracias.
Respuesta 02/11/2022
Aportada por: Victoria Fdz. Vidal
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla
Enunciado de respuesta: Hola Diana Carolina: Tienes derecho a una tarjeta de familiar de ciudadano de la UE. En esta página tienes información PORTAL DE INMIGRACIÓN. Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión (inclusion.gob.es) Si tu marido no tuviera medios económicos para mantenerte, entonces solo podrías solciitar un arraigo familiar PORTAL DE INMIGRACIÓN. Autorización residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo familiar. (inclusion.gob.es) Pero en ambos casos se te concede un permiso de cinco años para residir y trabjar en España. Es cierto que antes, hace algún tiempo, sí daban solo un permiso de un año, pero eso ha cambiado. En cuanto a tu hija, cuando esté inscrito tu matrimonio, también puede venir a España y solicitar la tarjeta por arraigo familiar. Saludos y suerte.