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Consulta     22/03/2023

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Formulada por: juanhleb

Derechos luego de introducir recurso de reposición por la solicitud denegatoria de protección internacional

Descripción: Hola, les agradezco por este medio informativo.

Mi situación es la siguiente:
Al informar en mi trabajo que introduje un recurso debido a la resolución denegatoria, informándoles que aún así estaba en todo el derecho de permanecer en mi puesto, me despidieron.
Para buscar un nuevo empleo en situación de "recurrente de denegación" aún conservo varios meses de permiso de trabajo en la tarjeta roja pero mi abogado dice que sería trampilla solicitar un nuevo empleo en mi situación. Y en la policía me dicen que sólo tengo derecho de permanecer en España.
Tengo 4 meses y medio cotizados ¿realmente no tengo derecho a continuar trabajando en un nuevo empleo? para poder alcanzar los 6 meses.

Igualmente me encontraba esperando para que luego de varios meses me hicieran una resonancia en el hospital ¿conservo los derechos de que me atiendan gratuitamente en el hospital y poder hacerme la resonancia o me cobrarán por la atención en el hospital debido a mi estatus?

Agradecido por su respuesta.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Valladolid

Respuesta 24/03/2023

Aportada por: Yaiza Galimany Castilla

Su tarjeta de presentación: Abogada del Programa de Solicitantes y Beneficiarios de Protección Internacional de Cruz Roja Teruel

Enunciado de respuesta:

Hola Juan,



Entiendo que has interpuesto un recurso de reposición, ¿es así?



Se establece, como regla general, el derecho del solicitante de asilo a permanecer en el Estado miembro mientras se tramita su recurso.



En cuanto al derecho al trabajo, efectivamente, puedes seguir trabajando con el recurso de reposición. El artículo 15.3 de la Directiva 2013/33/UE de Acogida establece: «No se privará al solicitante del acceso al mercado de trabajo cuando se interponga un recurso, que tenga efectos suspensivos, contra una decisión negativa tomada en un procedimiento ordinario, hasta la notificación de su desestimación».



Respecto al empleo, te adjunto también el criterio del Defensor del Pueblo: Protección internacional | Defensor del Pueblo de España 



En cuanto a la asistencia sanitaria, también tienes derecho a seguir recibiendo atención sanitaria.



Un saludo,



Yaiza.


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