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Consulta 29/06/2016
Formulada por: alias_28949
Descripción: Hola,
Soy Argentina y poseo el permiso de larga duración,que debo renovar el 17/12/2016 (ahora) mi hija acaba de cumplir los 18 y querría trabajar: su tarjeta esta asociada a la mía. pero detrás solo dice permiso de residencia temporal y no autoriza a trabajar.
Pregunta: ella puede conseguir la tarjeta de permiso de trabajo?
Muchas gracias
Nacionalidad: Argentina
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 29/06/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimada amiga, Si su hija tiene autorización de residencia de larga duración, por ley está autorizada a trabajar. La inscripción que consta en su tarjeta es una práctica de dudosa legalidad, que se suele hacer en el caso de menores de edad, pero que cuando alcanzan la edad de trabajar les genera problemas. En estos casos se puede solicitar un duplicado de la tarjeta donde ya no debería constar dicha inscripción. Suerte y un saludo.
Consulta 29/06/2016
Aportada por: alias_28949
Enunciado de respuesta: Con respecto a las targetas la mia como mama es de laraga duracion pero la de mi hija no es temporal y dice atras que no permite trabajar. Pregunta: Como debe hacer ella para conseguir la targeta que diga autorizacion a trabajar. Grcias por la rapidez. Marcia Zaravia Lopez
Respuesta 29/06/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimada amiga, ¿Como obtuvo su hija la residencia? ¿Fue por el procedimiento de reagrupación familiar (estando ella en Argentina? ¿O por el procedimiento de residencia de menores (tras dos años de permanencia en España)? Un saludo.
Consulta 01/07/2016
Aportada por: alias_28949
Enunciado de respuesta: Hola. en la resolucion figura como: INICIAL - Menor no nacido en españa hijo de residente o tutelado (art 186) Tengo otro hijo de 14 en la misma situacion pero la de 18 esta en 1ero de la Universidad y nesecitas trabajar para pagarse los estudios. a ver si nos puedes orientar. Gracias
Respuesta 02/07/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimada amiga, Según especifica la legislación (artículo 186.4 del Reglamento de Extranjería) la residencia de su hija autoriza a trabajar desde que tiene edad laboral (16 años), por lo que en mi opinión la inscripción que le han puesto en la tarjeta es incorrecta, y usted podría solicitar una nueva sin dicha inscripción. En todo caso, cuando su hija tenga que renovar su autorización (entiendo que será también en Diciembre de este año) puede renovarla por el procedimiento de reagrupación familiar, que puede consultar pinchando aquí. La autorización renovada debería servir por sí misma para que su hija trabaje legalmente en España sin necesidad de realizar trámite alguno. Suerte y un saludo.