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Consulta     11/03/2021

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Formulada por: Chavarría

Consulta sobre arraigo laboral

Descripción: Hola me han negado la solicitud de asilo llevo y me han quitado el permiso de trabajo tengo más de 2 años en España y más de un año trabajando puedo optar al arraigo laboral y que necesito hacer?

Nacionalidad: Nicaragua

País de residencia: España

Provincia: Granada

Respuesta 16/03/2021

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Aportada por: Victoria Fdz. Vidal

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla

Enunciado de respuesta:

 Hola Chavarría:


El arraigo laboral es una figura que no se suele utilizar mucho para la regularización administrativa.


Requiere que lleves dos años en España, lo puedas probar, y que lleves al menos seis meses trabajando; lo más  difícil es aportar


Documentación acreditativa de la existencia de relaciones laborales, mediante:



  • Resolución judicial o acta de conciliación en vía judicial que la reconozca, o

  • Resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite.


Para obtener alguno de estos documentos tienes que denunciar a la persona que te ha dado trabajo este tiempo. Como tu situación (solicitante de protección internacional) te permitía trabajar, se entiende que no van a sancionar al empresario.


La dificultad está en que, aparte de denunciar a quién te ha dado trabajo estos meses atrás, no puedes estar seguro de que, al no haber sanción, te vaya a servir para el arraigo laboral.


Por todas estas dificultades, se suele esperar a los tres años y solicitar el arraigo social.


De todas formas, en este enlace tienes información oficial sobre el arraigo laboral.


Saludos y suerte.

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