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Consulta 11/07/2023
Formulada por: DoGo
Descripción: Buenas, desde que tengo la documentación a partir de un Arraigo social y posteriormente la renovación de dos años he estado trabajando y cotizando, pero en septiembre del 2022 fuí despedido entrando en el paro y luego de cuatro meses encontraba trabajos de corta duración hasta que en febrero de este año 2023 comencé a trabajar con un contrato de tiempo indefinido a 30 h semanales que posteriormente me la subieron a 40h por un mes y luego estube 4 meses trabajando hasta que me despidieron por x motivo y actualmente tengo otorgada una prestación contributiva y estoy inscrito en el SEPE como demandante de empleo.
El punto es que mí documento caduca en cuatro meses, por lo que a partir de tres meses anteriores a su caducidad debo aplicar a la renovación del mismo pero estoy en esta actual circuntancia (EN PARO)
1-¿Puedo aplicar a la renovación de mi permiso en caso de no haber obtenido para ese plazo un contrato de trabajo?
2-¿En caso de que fuera posible, que modelos debo rellenar y qué tasas debo pagar? ya que se deben pagar las tasas del trabajador y en su caso la del empleador pero al estar en esta situación ¿cómo debo proceder?
espero que se me pueda formular esta consulta para tenerlo claro.
¡Muchas gracias!
Nacionalidad: Cuba
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 12/07/2023
Aportada por: Gorka Esparza Barandiaran
Su tarjeta de presentación: Asesor Jurídico de Cruz Roja en Salamanca
Enunciado de respuesta: Buenos días DoGO Estar en situación de desempleo no es un impedimento para poder renovar la autorización de residencia y trabajo siempre que se cumplan, en este caso, al menos uno de los siguientes requisitos. Haber realizado actividad laboral durante un mínimo de tres meses por año Y se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias: - Haber suscrito un contrato de trabajo con un nuevo empleador acorde con las características de su autorización para trabajar y figurar en situación de alta o asimilada en el momento de la solicitud. - Disponer de un nuevo contrato que garantice los requisitos establecidos en el artículo 64 y con inicio de vigencia condicionado a la concesión de la renovación. - Que la relación laboral que dio lugar a la autorización cuya renovación se pretende se interrumpió por causas ajenas a su voluntad, y que ha buscado activamente empleo, mediante su inscripción en el Servicio Público de Empleo competente como demandante de empleo. - Tener otorgada una prestación contributiva de desempleo. - Ser beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral. - Haber estado trabajando y en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, siempre que la última relación laboral se interrumpiera por causas ajenas al trabajador. - Se haya buscado activamente empleo. En tu caso, parece que cumples varios de ellos por lo que no deberías de tener problemas para la renovación. Los modelos a presentar para la renovación de la autorización son el EX-03 y la tasa, al estar en desempleo, es la 790, código 052, epígrafe 2.2. Además tienes que rellenar el modelo EX-17 y la tasa 790-012 en el momento de expedición de la TIE y toma de huellas como requisito para la obtención de la nueva TIE. La renovación debería ser por cuatro años. Por último, te recomendamos que valores la oportunidad de solicitar la nacionalidad. Paras y otras cuestiones, en Cruz Roja (u otras ONG que asesoran a inmigrantes y refugiados) podrán asesorarte con detalle y hacer un seguimiento de tu caso.