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Consulta 06/02/2008
Formulada por: paola8173
Descripción: Habiéndome sido reconocida la condición de refugiado, ¿puedo regresar a mi país?
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 06/02/2008
Aportada por: Marta Sainz de Baranda
Su tarjeta de presentación: Abogada. Área Internacional de ACCEM
Enunciado de respuesta: No, desde el momento en que se te reconoce la condición de refugiado, las autoridades españolas se quedan con tu pasaporte (si lo tuvieras) y te emiten un Título de Viaje como refugiado, en el que se inscribe una nota por la cual se te permite trasladarte a cualquier país del mundo salvo a tu propio país (en el que sufres temor de persecución).
Para poder regresar al mismo, tendrías que renunciar a tu condición de refugiado.