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Consulta     29/08/2022

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Formulada por: wilop

Directiva 2013/33

Descripción: Solicito información del área jurídica referente a cuáles son los derechos y deberes que tienen las personas que han presentado un recurso Potestativo de Reposición y/o Recurso contencioso administrativo mientras se recibe respuesta por parte del ministerio del interior de acuerdo a lo siguiente:

DIRECTIVA 2013/33/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 26 de junio de 2013 por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional de Asilo

¿Referente a trabajo, residencia, educación, tramites etc

Atento a sus comentarios

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Murcia

Respuesta 15/09/2022

Aportada por: Elena Mariscal Valero

Su tarjeta de presentación: Abogada de Cruz Roja Española en Málaga

Enunciado de respuesta:

Buenos días, de acuerod a esa directiva, la persona continúa como solictante de protección internacional por los que ostenta los mismo derecho que estos tienen, se hace mención expresa a la autorización de trabajo.



No osbtante, dicha directiva no ha sido trasnpuesta de manera expresa al ordenamiento español, por lo que suele haber reticiencia por parte de las administraciones de realziar una aplicación directa de la misma, todo a pesar de que ese es el criterio que ha adoptado para estos supuestos el Tribunal de Justicia de la UNión Europea.



Un saludo.


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