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Consulta     30/08/2022

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Formulada por: Narbis

Como puedo traer a mi esposo desde Venezuela.

Descripción: Hola estoy casada tengo la nacionalidad española inscribi matrimonio y aún no me dan el libro de familia como puedo hacer para que mi esposo obtenga la recidencia que requisitos y dónde debo hacerlo gracias .

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 30/08/2022

Aportada por: Laura Martín

Su tarjeta de presentación: Abogada.

Enunciado de respuesta:

Hola:



Actualmente, ya no se expiden libros de familia, pero sí pueden facilitarte una hoja o extracto donde figuren los datos personales de los miembros del núcleo familiar en el Registro Civil de la zona donde vives. Posteriormente, podrás tramitar el arraigo familiar para tu pareja, lo que le proporcionará una autorización de residencia y trabajo con cinco años de duración. Los documentos para solicitarlo son:



- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.

- Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.

- Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.

- Documentación acreditativa de la existencia del vínculo familiar con el ciudadano español, o de la existencia de una pareja registrada, en su caso, de encontrase a cargo del ciudadano español.

- DNI del ciudadano español.



Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.



Te dejo un enlace con más información sobre el trámite y sobre dónde y cómo debes presentar la documentación: https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja037/index.html



Para los cónyuges de personas con nacionalidad española, el plazo para optar a la nacionalidad por residencia se reduce a un año, por lo que cuando ya lleve ese periodo de tiempo regularizado, podrá tramitarla.



Asimismo, y debido a la situación en la que se encuentra Venezuela en la actualidad, puede valorar la opción de solicitar asilo en el caso de que tuviera motivos para ello. Sobre esta cuestión, te dejo más información en este enlace: https://www.interior.gob.es/opencms/pdf/servicios-al-ciudadano/oficina-de-asilo-y-refugio/Proteccion-internacional/Informacion_solicitantes_Asilo_Espanol_126160083.pdf   



Espero haberte servido de ayuda.



Un saludo.

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