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Consulta     24/04/2018

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Formulada por: formuloconsultas

Protección internacional por razones humanitarias.

Descripción: Tengo entendido que hay 3 tipos de formas por las que España puede protegerme:

1. Estatuto de Refugiado: Beneficio autorización de residencia y trabajo por 5 años y se me acorta a la mitad el plazo para optar a la nacionalidad española (2 años por ejemplo si soy venezolano o 5 si soy sirio) pero no sé si se acorta desde que se me notifica el estatuto o desde que puedo demostrar que estoy legal en España.

2. Protección subsidiaria: Beneficio de 5 años de residencia y trabajo.

3. Razones Humanitarias: Creo que la ley no lo define mucho pero creo que según dicen los tribunales son por motivos psicológicos, enfermedad terminal o discapacidad intelectual. En este caso si te conceden entiendo que sería un autorización de residencia con permiso de trabajo pero... ¿Por cuánto tiempo? ¿5 Años también?

Espero sus respuestas.

Gracias.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Cantabria

Respuesta 03/05/2018

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Aportada por: José Manuel Illán Medina

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Alicante

Enunciado de respuesta:

Estimado amigo:


Te respondo a continuación de cada uno de los supuestos:


1. Estatuto de Refugiado: Beneficio autorización de residencia y trabajo por 5 años y se me acorta a la mitad el plazo para optar a la nacionalidad española (2 años por ejemplo si soy venezolano o 5 si soy sirio) pero no sé si se acorta desde que se me notifica el estatuto o desde que puedo demostrar que estoy legal en España..- El criterio de los tribunales es que el plazo de los dos años (por razón de ser iberoamericano) se cuenta desde la fecha de la admisión a trámite (primera tarjeta roja).



2. Protección subsidiaria: Beneficio de 5 años de residencia y trabajo. El plazo también es de dos años (por la misma razón).



3. Razones Humanitarias: Creo que la ley no lo define mucho pero creo que según dicen los tribunales son por motivos psicológicos, enfermedad terminal o discapacidad intelectual. En este caso si te conceden entiendo que sería un autorización de residencia con permiso de trabajo pero... ¿Por cuánto tiempo? ¿5 Años también? .- Se concede por uh año, renovable anualmente.


Un saludo.

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