Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     18/11/2021

Foto

Formulada por: alias_11855

Estadounidense para radicarse en España

Descripción: Buenos días, me gustaría saber cuáles son los requisitos para matrimonio entre una Española con un Americano Estados Unidos. El es pensionista y tenemos varias preguntas. 1. Cómo sería su situación en España en cuanto a médicos y tratamientos, estará amparado por la seguridad social al ser esposo de Española? O tendría que pagar un seguro médico?. 2. Cuánto tendría que pagar de IRPF o cuánto le será retenido o descontado por ser pensión de Estados Unidos?. Gracias por su orientación. Un saludo

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 26/11/2021

Aportada por: Elena Mariscal Valero

Su tarjeta de presentación: Abogada de Cruz Roja Española en Málaga

Enunciado de respuesta:

 Buenos días, 


Para contraer matrimonio en España deberan acreditar la condición de soltero, divorciado o viudo mediante certificado apostillado y traducido por traductor jurado, además será necesario paspaorte en vigor, en el juzgado del registro civil donde quiera contraer matrimonio le informarán con detalle de todos los documentos necesarios.


Para regularizarse será através de la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanoscomunitarios/hoja102/index.html


Deben acreditar que cunetan con medios económicos, en este caso los suyos en España pero también pueden hacer valer la pensión que él recibe. Respecto a la cobertura sanitaria, si usted es perceptora de la cobertura sanitaria de la seguridad social, en el momento en que contraiga matrimonio con su pareja podrá incluirlo a él como benficiario de usted, antes de contraer matrimonio para recibir prestación sanitaria deberá tener un seguro privado o bien abonar la factura que le remita la seguridad social si debe prestarle sus servicios en algún momento. Respecto a las preguntas de caracter fiscal, me temo que dicha materia no entra de nuestra especialidad, deberá realizar la consulta a profesionales de la materia.


Un saludo.

volver

122.421 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española