Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     15/07/2022

Foto

Formulada por: RHB

Necesidad de comunicar cambio de estado civil

Descripción: Tanto yo como toda la familia tenemos el Certificado de Registro de la Unión (permanente). Una de mis hijas ha contraído matrimonio con un ciudadano extranjero no comunitario, que ahora está haciendo sus trámites para obtener su tarjeta de familiar de ciudadano de la unión. Ahora bien: ¿tiene mi hija que hacer algún trámite de Extranjería para comunicar su cambio de estado civil? Y, para abundar en el asunto cambio: ¿hay que comunicar a Extranjería también un eventual cambio de domicilio? ¿Hay algún plazo para comunicar esos cambios, si es que es debido hacerlos? Muchas gracias por su atención.

Nacionalidad: Italia

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 19/07/2022

Aportada por: Elena Mariscal Valero

Su tarjeta de presentación: Abogada de Cruz Roja Española en Málaga

Enunciado de respuesta:

Buenos días, 

No es necesario comunicar la modificación del estado civil. Respecto al cambio de domicilio, si están pendientes de que se le notifique la resolución a la solicitud cursada sí que deberían comunicar el cambio de domicilio a la administración competente, es decir, la oficina de extranjeros en la que haya cursado la solicitud.

Por otro lado, una vez formalizado el cambio de empadronamiento, como cualquier persona residente en España, extranjera o nacional, usted puede solicitar que se le expida nueva tarjeta en la que se consigne el nuevo domicilio, para ello deberá solicitar cita en su comisaría mas cercana para modificar su domcilio en el certificado de registro de ciudadano UE.

 

Saludos,

volver

122.456 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española