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Consulta     14/08/2018

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Formulada por: Yiya

Residencia hija de comunitario

Descripción: Buenas tardes. Quisiera preguntarte Mi padre tiene nacionalidad española y voy a viajar con mi hija y esposo de turistas a conocer España. Mi padre siempre me ha ayudado económicamente. Estando en España y demostrando que él me ha enviado dinero, ¿puede reagruparme y a su vez puedo reagrupar a mi hija y esposo?

Gracias

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Las Palmas

Respuesta 11/12/2018

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Aportada por: Judith Sobrino González

Su tarjeta de presentación: Abogada colaboradora de Fundación Migrar - Valladolid

Enunciado de respuesta:

BUenos días,


 Desconozco la situación actual, no obstante le puedo indicar que a partir de los 21 años para reagrupar a un descendiente, un ciudadano español tiene que acreditar que vive a su cargo. El hecho de haber formado una familia o haber trabajado en el país de origen, son presunciones de que no se vive a cargo del familiar español, aunque éste sí ha podido estar ayudando a la familia. No obstante espero que haya tenido suerte, porque los criterios pueden ser más o menos flexibles en algunas ciudadades.


 Un saludo, atentamente

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