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Consulta 12/09/2008
Formulada por: Harley
Descripción: Hola. ¿Se puede adquirir la nacionalidad española por opción?, ya que mi padre está solicitando la nacionalidad y seguro el próximo año se la otorgan ya que ya pasaría dos años desde que la solicito, pero yo como hijo, ¿la puedo solicitar desde afuera de España?
Soy mayor de edad pero reagrupado con tarjeta de residencia permanente del 2007 al 2012, ¿eso quiere decir que he estado bajo su tutela o es desde que él obtiene la nacionalidad para adelante? ¿Si es así cuánto tiempo se demora para que yo la pueda solicitar? ¿Cuánto tiempo se demora aproximadamente para que te la otorguen?
Muchas gracias.
Nacionalidad: Perú
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 16/10/2008
Aportada por: Manuel Gámiz Ruiz
Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Granada
Enunciado de respuesta:
Estimado Harley
Desde mi punto de vista, me temo que no tienes opción de adquirir la nacionalidad española mediante ninguna de las dos alternativas que planteas.
No es posible por opción, pues el artículo 20.1 a) del Código Civil español establece que ¿tienen derecho a optar por la nacionalidad española las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español¿. En tu caso, al ser mayor de edad en principio no estás sujeto a la patria potestad de tu padre, ni lo has estado, pues cuando eras menor tu padre aún no tenía la nacionalidad española. Otra cosa es que se trate de hijos incapacitados, patria potestad prorrogada o incluso que la minoría de edad en tu país se amplíe más allá de los 18 años y no la hayas alcanzado en el momento de que a tu padre le concedan la nacionalidad.
Por lo que se refiere a la concesión de la nacionalidad por residencia. Sabes que a los nacionales de origen de países iberoamericanos sólo se les exige la residencia regular en España durante dos años. Pero dicha residencia ha de ser ¿legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición¿. Por lo tanto si estás residiendo en tu país, Perú, no se cumpliría el requisito de residencia efectiva y continuada en España, por lo que no sería posible la solicitud desde el consulado (cosa sí lo es en el supuesto del derecho de opción), o siendo posible te sería denegada la solicitud por falta de continuidad en la residencia (con independencia de la posibilidad de que se te extinga la autorización de residencia por la permanencia fuera de España durante más de 12 meses consecutivos o más de treinta meses en el cómputo global de los cinco años de residencia).
Espero haberte aclarado algo tu situación. Un saludo.
Consulta 17/10/2008
Aportada por: Harley
Enunciado de respuesta: gracias pero mi pregunta es en si, si se puede solicitar la nacionalidad ya que sigo reagrupado pero en españa solo era una suposicion si es que estuviera afuera en mi pais
Respuesta 20/10/2008
Aportada por: Manuel Gámiz Ruiz
Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Granada
Enunciado de respuesta: Puedes solicitar la nacionalidad por residencia continuada y legal de dos años en España.