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Consulta 19/04/2021
Formulada por: juan luis c.
Descripción: Hola, soy ciudadano español residente en España. Le escribo para solicitar información en caso de que pueda facilitármela. Le agradecería si pudiera proporcionarme ayuda sobre mi situación personal:
Mi pareja es peruana (con doble nacionalidad peruana y mexicana) y ella actualmente reside en México. Queremos casarnos y establecernos aquí en España. Desearía asesoría sobre qué requisitos y gestiones debemos realizar para dicho propósito.Gestiones para contraer matrimonio civil y para viajar a España ,casarnos y establecernos aquí.
Muchas gracias.
Atentamente.
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Granada
Respuesta 29/06/2021
Aportada por: Lucía Artime Gómez
Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias
Enunciado de respuesta: Estimado Juan Luis, lo primero pedirte disculpas por la demora en la contestación. Quizás ya tienes una respuesta a las dudas que nos habías planteado, pero por si no es el caso te explico cuáles serían los pasos para casarte y que tu pareja obtenga la residencia en España. En primer lugar, si os vais a casar en México, lo siguiente que tendrías que hacer es inscribir el matrimonio en el Consulado de España en dicho país para que la unión tenga validez aquí y ella pueda solicitar un permiso de residencia como familiar de comunitario en España. El problema en este caso es que esa inscripción suele demorarse varios meses, incluso un año, durante el cual no podría solicitar dicha residencia. Así pues, la opción más rápida sería que ella viajase a España como turista y una vez aquí contrajeráis matrimonio. Para ello le van a peridr que aporte certificado de soltería y partida de nacimiento, debidamente apostillados ambos documentos. Una vez casados (también está la opción de la pareja de hecho legalmente establecida), ya puede solicitar la tarjeta comunitaria, para lo cual te adjunto un enlace en el que podrás encontrar toda la información sobre el procedimiento de solicitud. https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanoscomunitarios/hoja102/index.html Un saludo
Consulta 29/06/2021
Aportada por: juan luis c.
Enunciado de respuesta: Muchas gracias por la información y su respuesta.Finalmente será eso lo que hagamos. Saludos.