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Consulta 06/04/2024
Formulada por: STEVE.psic
Descripción: Buen día estimados profesionales, 2 consultas:
1. Soy solicitante de Asilo con tarjeta roja vigente, llevo 2 años de empadronamiento en España y los últimos 6 meses he estado trabajando en un hotel como recepcionista. Existe la posibilidad de conservar mi empleo, solicitar arraigo para la formación, estudiar un curso afín con mi actividad laboral actual/familia laboral, y posteriormente presentar mi contrato de trabajo actual para conseguir la residencia y permiso de trabajo que otorga el arraigo para la formación?
2. Si por alguna razón se llega a negar una solicitud arraigo para la formación, o una vez autorizada se llega a extinguir. ¿Se puede solcitar un arraigo social después? ¿En cuanto tiempo posterior?
Gracias!
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 10/04/2024
Aportada por: Belén Bustamante Blanco
Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.
Enunciado de respuesta: Buenos días, 1. En cuanto al arraigo para la formación, en el contexto que nos planteas, me temo que no se puede compaginar la autorización de residencia que se concede con el arraigo para la formación con tu contrato de trabajo actual. Esta autorización de residencia del arraigo para la formación no autoriza a trabajar, tendrías que terminar el curso y una vez superado, conseguir un contrato para pedir modificación de autorización de residencia a la autorización de residencia y trabajo. 2. Puedes solicitar arraigo social tras una denegación de arraigo para la formación, ello no sería un problema. Tan solo necesitarías cumplir la condición de los 3 años de residencia para el arraigo social. Saludos y suerte
Si actualmente estás contratada a jornada completa en el hotel y tienes 6 meses de cotización, podrías cumplir los requisitos para solicitar el arraigo laboral. Eso sí, para el arraigo laboral necesitas estar en situación irregular, es decir, como solicitante de asilo no puedes pedirlo, tendrías que renunciar al asilo y quedar en situación irregular, o esperar los 3 años para el arraigo social. El problema de quedar en situación irregular es que no podrías trabajar durante el tiempo que tarden en concederte el arraigo laboral.