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Consulta 22/03/2016
Formulada por: arielbuo
Descripción: Hola. Soy residente comunitario en España con ciudadanía Italiana y Argentina. Tramité la residencia en España con mi ciudadanía Italiana y ya la tengo. Mi pareja y yo queremos casarnos en España para que él pueda vivir conmigo. Somos una pareja gay que quiere vivir en España. Mi pareja no puede obtener la residencia en España como Argentino por eso queremos casarnos acá o en donde sea para estar juntos. Ya nos hemos dirigido al registro civil de España donde estoy viviendo y nos piden iniciar un expediente con la siguiente documentación: Certificado de capacidad matrimonial, que lo tengo que solicitar en el consulado italiano para mí.Y no me lo quieren dar porque me solicitan que mi pareja tenga residencia en España. Cosa que me parece totalmente ridículo ya que justamente es lo que no tiene y estamos tratando de obtener .El certificado de capacidad matrimonial que me solicitan en el registro civil de España es para saber que yo como italiano no me encuentro casado en Italia pero no le tienen que importar con quien me voy a casar. Es un certificado personal, no de mi pareja. No entiendo eso.
Por otro lado, el expediente si se inicia en el registro civil de España, demoraría más de 3 meses y ¿mi pareja tendría que volver a Argentina para que no se encuentre en situación irregular o puede quedarse? Si nos volvemos a Argentina y nos casamos como dos Argentinos allí, se puede luego inscribir o legalizar ese matrimonio en España? ¿cómo se puede hacer? porque nunca va a poder residir legalmente mi pareja si los tiempos son tan largos y más de tres meses!!. Estamos realmente desesperados por esta situación ya que hemos intentado por todos los medios para estar juntos siendo que yo tengo mi residencia aquí.
Espero puedan contestar mi consulta.
Muchas gracias
Nacionalidad: Argentina
País de residencia: España
Provincia: Las Palmas
Respuesta 30/03/2016
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola arielbuo. Respondiendo a tu primera pregunta, el expediente matrimonial puede continuar y os podéis casar aunque él no se encuentre en situación legal en España; ésta no tiene nada que ver para contraer matrimonio. Si os vais a Argentina y os casáis allí, sí que se puede hacer pero lo haríais bajo la legislación argentina y después habría que inscribir ese matrimonio en el Registro Civil italiano, no en el español porque ni tú ni él sois españoles y esas inscripciones tardan tiempo en realizarse, además de que Italia exige que se inscriba el matrimonio para que tenga validez y en Italia creo que no está autorizado el matrimonio entre personas del mismo sexo, con lo que no inscribirían el matrimonio. Lo mejor es que os caséis aquí porque además ese matrimonio lo inscriben directamente en el registro civil donde tramitéis el expediente. Es muy probable que tengáis una entrevista por separado para que el Juez valore si se trata de un matrimonio de conveniencia o no y así dé la autorización para que os podáis casar. Sí podría ser bueno, que como él se va a quedar en situación irregular, que hicierais ante un notario un acta de manifestaciones compareciendo ambos y manifestando que sois pareja de hecho desde hace tiempo, sobre todo a efectos de un posible procedimiento sancionador por estancia irregular. Respecto al certificado de capacidad matrimonial, no tienes por qué tener problemas a la hora de que lo expida el consulado, normalmente lo que exigen en el registro, es un certificado donde se acredite tu estado civil (soltero, divorciado). Suerte y un saludo.