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Consulta     15/10/2018

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Formulada por: EAL

Imposibilidad de empadronamiento

Descripción: Soy trabajadora social en un Centro de Salud. Ha acudido a mi consulta una persona que se encuentra en situación irregular desde hace dos años. Quiere irse a otra comunidad autónoma pero en el domicilio al que va a trasladarse no hay posibilidad de que le empadronen, y ella tiene miedo de perder el tiempo de residencia justificado para regularizar su situación. En los casos en que no haya posibilidad de empadronamiento en la vivienda, ¿cómo se puede justificar el tiempo de residencia?¿hay algún tipo de obligación por parte de la administración de empadronar a aquellas personas que residan en un municipio sin poder empadronarse en el domicilio donde residen? Gracias.

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Navarra

Respuesta 20/11/2018

Aportada por: Antonio Ruiz Núñez de Castro

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española Málaga

Enunciado de respuesta:

 Buenos días, 


Para acreditar la permanencia continuada en españa valen como medios de prueba cualquiera de los admintidos en Derecho. Para ello, si bien el empadronamiento resulta importante y sería interesante que se empadrone en cuanto pueda en un nuevo domicilio, dicha circunstancia puede salvarse si la persna conserva documentos que acrediten su presencia continuada en España, facturas a su nombre, contrato de alquiler, docuemntos médicos, etc.


Existen sentencias que determinan la oblgación de la administración de empadronar en su municipio a cualquier persona que acredite que pernocta de manera habitual en su localidad, pero lo cierto es que en la práctica es muy complicado. 


Cuando cumpla los requisitos para su regularización, lo que deberá solcitar será un histórico de empadronamiento en el que constarán los difernetes domicilios y tiempo de residencia en cada uno de ellos.


Aquí le dejo enlace con los requsitos para optar al permiso de residencia por arraigo social. http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja036/index.html


Un saludo.

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