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Consulta 06/01/2017
Formulada por: JonFig
Descripción: Hola,
¿Puedo, como ciudadano comunitario, aplicar legalmente a un trabajo dentro de los 3 meses reglamentarios sin necesidad del Certificado de Registro?
¿Puedo solicitar el NIE antes del Certificado de Registro? ¿Me sirve esto para trabajar antes de cumplir los 90 días?
De no estar trabajando al momento, ¿cuánto dinero se necesitaría para demostrar solvencia económica para una persona o dos (pareja)?
Lo pregunto porque uno de los requisitos para poder optar por la residencia permanente es precisamente tener un trabajo. Agradezco la información que me puedan brindar.
Saludos.
Nacionalidad: Portugal
País de residencia: Venezuela
Respuesta 09/01/2017
Aportada por: Rocío Barco Durán
Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real
Enunciado de respuesta: Buenas tardes Jonfig, Efectivamente, si vas a trabajar por un período inferior de 3 meses no es necesario que lo notifiques al registro general de extranjeros. Sí, la toma de huellas(NIE) puedes solicitarla previa al registro.Si tienes un contrato de trabajo o vas trabajar por cuenta ajena sí te sirve el NIE.Si no se está ejerciendo actividad laboral y entiendo está residiendo legalmente en otro país comunitario, no es necesario aportar medios económicos siempre y cuando muestre su pasaporte en vigor y sean titulares de autorización o tarjeta de residencia en cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o bien, a su entrada a territorio español, presenten en el puesto fronterizo provistos de pasaporte en vigor y visado en vigor por el que se les autoriza a residir, a residir y trabajar, ya sea por cuenta propia o ajena, o bien aportar carta de invitación de un particular, ya que pueda entenderse que el alojamiento comprende toda o parte de su manutención.
Saludos,
Rocío.