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Consulta     01/12/2015

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Formulada por: lsan

Requisitos para permiso por Arraigo Social.

Descripción: Hola, dos consultas.
1. ¿Se puede solicitar permiso de residencia por arraigo social con un contrato de trabajo de formación?
2. ¿Hay que esperar a tener cumplidos los 3 años o se puede comenzar el tramite 3 meses antes?

Gracias.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Vizcaya

Respuesta 02/12/2015

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola Isan.


Todo depende del puesto para el que se vaya a formar porque es ineludible el que se respete que va a percibir como mínimo el salario mínimo interprofesional (648,60 € este año) y que sea por una duración de un año.


El contrato de formación se puede celebrar por 12 meses y el salario que percibe el trabajador puede ser del 75% el primer año y el 85% el segundo. Si el salario es superior al SMI y la duración se establece en 12 meses como mínimo, entonces no debería haber problema para solicitar la residencia por arraigo social pero hay que tener muy presente el convenio colectivo para ver cuánto percibiría el trabajador en ese puesto de trabajo en que se va a formar teniendo en cuenta que percibiría el 75% del salario.


Los trámites se pueden comenzar a realizar antes porque hay que solicitar certificado de antecedentes penales, informe de inserción social, en determinados casos, pero lo que no se puede es hacer la solicitud antes de haber cumplido los tres años de estancia en España. Hay que esperar a tener esos 3 años para poder realizar la solicitud.


Suerte y un saludo.

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