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Consulta 06/12/2017
Formulada por: Kele
Descripción: Buenas tardes,
He iniciado los trámites para la ciudadanía por estar casada con cónyuge español, en el año 2014. A día de hoy estamos separados y me gustaría saber si podríamos divorciarnos, sin que esto afecte a los trámites ya iniciados. En junio de 2018 cumpliré 10 años en España y me han dicho que con esta cantidad de años de residencia automaticamente el Gobierno me la concedería, esto es así? Es mejor parar el trámite por matrimonio y empezarlo otra vez por tiempo de residencia?
Gracias
Nacionalidad: Brasil
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 03/01/2018
Aportada por: Lucía Artime Gómez
Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias
Enunciado de respuesta: Estimada Kele, el hecho de divorciarte de tu marido no implica que tengas que volver a empezar tu trámite de nacionalidad. Simplemente, cuando tengas la sentencia de divorcio, sería aconsejable que notificaras el cambio en tu estado civil e incorporaras dicha sentencia al expediente de nacionalidad que ya tienes abierto. Por otro lado, el hecho de llevar diez años en España en situación regular, no te da derecho a la ciudadanía española de forma automática, tal y como te han comentado. Siempre hay que iniciar un proceso de solicitud para poder acceder a ella y en tu caso, ya lo tienes en marcha. Un saludo