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Consulta 28/09/2016
Formulada por: JCARO
Descripción: Buenas tardes,
Me han denegado el permiso de trabajo por cuenta propia por presentar el recurso fuera de plazo (?). Quisiera saber si puedo volver a enviar la solicitud de concesión del permiso de trabajo como autónomo.
Actualmente tengo permiso de residencia temporal por circunstancias especiales (pareja de hecho). Cuento con recursos económicos y llevo meses de alta como autónomo tanto en hacienda como en la seguridad social. Pero en ningún sitio veo cómo volver a presentar la documentación ya que el único problema fueron los plazos (pensé que el mes de agosto contaba como mes inhábil) y no quiero poner un recurso contencioso.
Gracias.
Nacionalidad: Uruguay
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 30/09/2016
Aportada por: Fran Morenilla Belizón
Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española - Almería
Enunciado de respuesta: Buenas. No me queda claro en qué tipo de régimen (general o comunitario) se encuentra, ni que tipo de residencia tiene. Si está inscrito como pareja de hecho con una persona comunitaria tiene derecho a la tarjeta de residecnia de familiar de ciudadano de la Unión y si tiene esa tarjeta en vigor, no necesita ninguna otra autorización para trabajar, con eso es suficiente y podría ejercer cualquier tipo de actividad laboral , por cuenta ajena o por cuenta propia. Si por el contrario está en régimen general con una autorización por circunstancias excepcionales (1 año) y le ha caducado, lo que tenría que haber hecho es haber solicitado la modificación (también se le llama primera renovación) a una autorización de residencia y trabajo inicial y si es por cuenta propia tendría que haber aportado un proyecto elaborado por una asociación de autónomos. Esta modificación se puede pedir hasta los 90 días siguientes a la caducidad de la anterior tarjeta, aunque lo más correcto y seguro es pedirla durante los 60 días antes. Si el motivo de denegación es por una cuestión de plazo, debería revisar las fechas de notificación y hacer cálculos de fechas. Si nos facilita información un poco más detallada igual podemos ayudarle más adecuadamente. Saludos.