Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     05/09/2017

Foto

Formulada por: E

Obtener NIE tras matrimonio.

Descripción: Buenas tardes,

Llegué a España con mi novia, que es española, el 29 de marzo del 2017. Realizamos todos los trámites para casarnos cuanto antes y hemos conseguido celebrar la ceremonia el día 2 de septiembre de 2017. Nos gustaría saber qué pasos debemos llevar a cabo para tramitar la obtención de mi NIE y tarjeta de residencia.

Actualmente mi esposa esta en paro recibiendo 470 euros mensuales aproximadamente y vivimos en Madrid, aunque nos casamos en un pueblo de Toledo, ya que allí los trámites fueron más rápidos que aquí en Madrid.

Quedo a la espera de su respuesta.

Gracias y un saludo,

Eleazar García.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 11/09/2017

Foto

Aportada por: Patricia Bueso Izquierdo

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Española - Granada

Enunciado de respuesta:

 


Buenos días,


En relación a su consulta para obtener la residencia tras haberse casado con una ciudadana española, ha de tener en cuenta que,


El ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, debe cumplir una de las siguientes condiciones:



  • Ser trabajador por cuenta ajena en España, o

  • Ser trabajador por cuenta propia en España, o

  • Disponer para sí y los miembros de su familia, de recursos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. También deberá aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva, o

  • Ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional, así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione cobertura completa en España, y declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.


Esta dependencia económica debe darse desde el país de origen.


Espero que esta información le sea de utilidad, para más información puede acercarse a la Asamblea de Cruz Roja que tenga más cercana a su domicilio para que puedan asesorarle más en detalle.


Un saludo,


 


 

volver

122.421 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española