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Consulta     14/07/2022

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Formulada por: coldproject

ayuda con asesoría jurídica por favor

Descripción: hola buenas tardes saludos , mi nombre es Gerson , hace aproximadamente 6 meses fui denunciado por un delito del cual sali impune , fue archivado el caso , pero cuando me llevaron a comisaria , se percataron de que mi TIE estaba cauducado , ellos procedieron a darme una carta que dice "notificacion de acuerdo de iniciacion de procedimiento de expulsion con tramitacion ordinaria" , donde anexaban que tenia 15 dias para aportar cualquier argumento , me di cuenta de eso mucho tiempo despues al leerla completa , no fui asistido por ningun abogado , en el colegio de abogados imposible ser atendido , no se me llamo a mi telefono para notificarme la resolucion , me busque con mis datos en el Tablon de anuncios del BOE y nada , no se si a pasado el tiempo para que sea archivada la orden , o estare en orden de captura para proceder a la expulsion , me gustaria saber que se puede hacer en este caso , estoy a tiempo de hacer algo ? , ya tengo mas de 3 años en españa

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 29/07/2022

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Aportada por: Marina Lozano Cabezas

Su tarjeta de presentación: Coordinando Migrar.org

Enunciado de respuesta:

Estimado amigo:


Al tratarse de un procedimiento “ordinario”, no se designa abogado en el momento de iniciarse el procedimiento sancionador; no obstante, tienes derecho a la asistencia jurídica gratuita, que deberías haber solicitado antes de que transcurriera el plazo de quince días.


Ahora podrías solicitar esa asistencia jurídica si recibieras la resolución de expulsión y quisieras interponer un recurso, teniendo en cuenta que la resolución habría de llegar al domicilio que facilitaras en el momento de iniciarse el procedimiento.


En cualquier caso, si llevas más de tres años en España, independientemente del procedimiento sancionador, podrías solicitar la autorización de residencia por arraigo.


Además, pasados seis meses desde la fecha de inicio del expediente sin que hayas recibido la notificación (personalmente o mediante edictos en el Boletín), el mismo estaría caducado, es decir, se procedería a su archivo.


Un saludo.

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