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Consulta 28/02/2018
Formulada por: xrap
Descripción: Hola, llegué a España en el 2015, soy venezolana. Mi caso es el siguiente me comentaron que podía pedir el refugio por la situación tan grave en el país. Es eso cierto, porque estoy esperando para tramitarlo por arraigo social, aunque estoy viviendo con mi pareja que es español, pero presento problemas con el apostillado de mis documentos (tardan mogollón). Y otra situación es que me han salido ofertas laborales, pero me dicen que tengo que esperar ¿Existe alguna solución o trámite que pueda hacer para que me puedan emplear mientras cumplo los 3 años?. Mil Gracias
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Alicante
Respuesta 05/03/2018
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estiimada amiga: Teniendo pareja española, es más beneficioso para usted solicitar tarjeta de familiar de ciudadano UE si puede acreditar que mantiene una relación estable duradera (al menos un año de duración). Ciertamente nos consta la demora en ciertos trámites de la Administración venezolana, como la renovación de pasaportes, o la legalización de documentos. La sola situación del país no garantiza que España conceda protección internacional salvo que se acredite una persecución directa y personalmente dirigida contra usted o acredite el riesgo de sufrir daños graves si estuviese en su país. Por tanto, solicitar protección internacional no es la vía más adecuada; si en 6 meses no le han respondido estaría a trabajar pero solo durante el tiempo en que la administración española tarde en resolver el expediente. Cuando se lo denieguen, volvería a estar en la misma situación que ahora. Por arraigo, ha de cumplir los requisitos para ser autorizada no pudiendo trabajar antes de la concesión de una autorización y también tendrá los mismos inconvenientes. Por ello. le recomendamos tratar de sacar tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE; es mejor el régimen comunitario que cualquier otro. Un saludo cordial,
Consulta 13/03/2018
Aportada por: xrap
Enunciado de respuesta: Hola de nuevo, y gracias por su respuesta.
Respuesta 26/03/2018
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimada amiga: Si su pareja española se encuentra en España, y es su intención de residir más de 3 meses en España, usted puede acudir a la oficina de extranjeros de su provincia y solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE, rellenando el impreso EX-19 ( http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/19-Tarjeta_familiar_comunitario.pdf) en cuyo reverso le indican los documentos a presentar conjuntamente con la solicitud. Básicamente acreditar la relación estable y duradera (si la pareja no está registrada) más de un año; y si está registrada, basta con la certificación de dicho registro. Además acreditar que se cuenta con medios económicos (pueden ser de su pareja o una oferta de empleo o contrato laboral que le ofrezca a usted. Lógicamente no es preciso que se encuentre en situación legal pues estaría usted precisamente solicitando la concesión de una residencia legal en ese momento. Espero haberle aclarado su duda, reciba un cordial saludo y nuestro agradecimiento por su confianza.
Consulta 27/03/2018
Aportada por: xrap
Enunciado de respuesta: Muchísimas gracias Licenciado. Muy esclarecedor. Con tanta información me sentía perdida.