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Consulta     01/02/2017

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Formulada por: CAMAGA

Visado de trabajo por creación de empresa

Descripción: Buenos días

Quería asociarme con una persona no residente en España, venezolana en concreto, queremos asociarnos para montar una empresa. Me gustaría saber si es posible que él viniera a trabajar en ella.

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Toledo

Consulta 06/02/2017

Aportada por: CAMAGA

Enunciado de respuesta:

 Buenos días Rocio



Por lo que he buscado la oficina comercial pertenece al ministerio de economía, industria  y competitividad, supongo que debo preguntar en la sede de Castilla la Mancha, que es donde se establecería, no?


Según entiendo hay dos casos uno que sea interés general, que es en la oficina donde me lo pueden decir.


El segundo caso no lo tengo muy claro, sería simplemente visado para realizar los trámites, me puedes clarificar por favor la diferencia entre ambos?


Y al cabo de ese año se daría permiso de residencia siendo la persona venezolana?


Muchisimas gracias por la información

Respuesta 06/02/2017

Aportada por: Rocío Barco Durán

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real

Enunciado de respuesta:

 Buenas tardes Camaga,


 


En ambos casos será necesario acudir a la Oficina Comercial, para el caso de Castilla La Mancha y tener un informe favorable de vuestro proyecto. 


 


Se entiende por actividad emprendedora aquella que tiene carácter innovador con especial interés económico para España y a tal efecto cuente con un informe favorable del órgano competente de la Administración General del Estado. Para la valoración se tendrá en cuenta especialmente y con carácter prioritario la creación de puestos de trabajo en España, y, además, el perfil profesional del solicitante, el plan de negocio, incluyendo el análisis de mercado, servicio o producto, y la financiación y el valor añadido para la economía española, la innovación u oportunidades de inversión.


Saludos!


Respuesta 03/02/2017

Aportada por: Rocío Barco Durán

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real

Enunciado de respuesta:

 



 Buenas tardes Camaga,


Es posible que se le expidiera un visado para el caso que planteas, si bien, ha de cumplir una serie de requisitos determinados:Su socio ha de contar con recursos económicos suficientes para si y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España.


El tipo de visado dará lugar a Residencia para Emprendedores y Actividad Empresarial (REM).


Bajo este supuesto tienen cabida tanto los inversores que presenten un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, como los que tengan previsto entrar y permanecer en España por un periodo de un año con el fin único o principal de llevar a cabo los trámites previos para poder desarrollar una actividad emprendedora.



En el primer caso el interesado deberá presentar un informe favorable de la Oficina Comercial del ámbito de demarcación geográfica donde el inversor presente la solicitud del visado, para constatar que en el proyecto empresarial presentado concurren razones de interés general.



En el caso de los Emprendedores, se entenderá como actividad emprendedora aquella que sea de carácter innovador con especial interés para España y a tal efecto cuente con un informe favorable de la Oficina Comercial donde el inversor presente la solicitud del visado.  Suerte y saludos,Rocío.

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