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Consulta 20/04/2016
Formulada por: FCH500
Descripción: ¿Podrán mis familiares si me corresponde a mí obtener la residencia de larga duración ordinaria?. Es decir, en este caso se trata de mi hijo y mi esposa ambos llegados de Cuba hace dos años.
Nacionalidad: Cuba
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 20/04/2016
Aportada por: Gerard Català i Calderón
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Barcelona
Enunciado de respuesta: Estimado señor, su esposa y su hijo no cumplen el requisito de haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante 5 años, y usted, en el momento de reagruparlos no tenía la larga duración que tramitará ahora, por lo que su esposa y su hijo deberán renovar por el trámite de renovación de la autorización de reagrupación familiar, no por el trámite de la residencia de larga duración, pero la nueva tarjeta renovada de sus familiares tendrá una vigencia igual a la que le otorguen a usted en la renovación, ya que estas tarjetas van vinculadas a la suya. Atentamente,