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Consulta     20/04/2016

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Formulada por: FCH500

Residencia de larga duración en favor cónyuge e hijo en España

Descripción: ¿Podrán mis familiares si me corresponde a mí obtener la residencia de larga duración ordinaria?. Es decir, en este caso se trata de mi hijo y mi esposa ambos llegados de Cuba hace dos años.

Nacionalidad: Cuba

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 20/04/2016

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Aportada por: Gerard Català i Calderón

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Barcelona

Enunciado de respuesta:

Estimado señor,


su esposa y su hijo no cumplen el requisito de haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante 5 años, y usted, en el momento de reagruparlos no tenía la larga duración que tramitará ahora, por lo que su esposa y su hijo deberán renovar por el trámite de renovación de la autorización de reagrupación familiar, no por el trámite de la residencia de larga duración, pero la nueva tarjeta renovada de sus familiares tendrá una vigencia igual a la que le otorguen a usted en la renovación, ya que estas tarjetas van vinculadas a la suya.


Atentamente,

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