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Consulta 02/06/2006
Formulada por: Vivian3031
Descripción: Hola, mis preguntas son las siguientes, ¿al obtener el permiso de residencia podría reagrupar a mi madre? ¿qué tendría que hacer para traer también a mi hermano?
Muchas gracias.
Nacionalidad: Guatemala
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 05/06/2006
Aportada por: Moraima Díaz Rodríguez
Su tarjeta de presentación: Abogada. Barcelona, especialidad Derecho Internacional Privado, Civil, Administrativo y Extranjería
Enunciado de respuesta: Para reagrupar debe tener la Primera Tarjeta de Residencia y trabajo ya renovada y cumplir con los requisitos establecido para dicha reagrupación, ver pçag. web. www.mir.es
Respuesta 05/06/2006
Aportada por: Lourdes Torres Martín
Su tarjeta de presentación: Especialista en Derechos. Cruz Roja Española - Guipuzcoa
Enunciado de respuesta: Hola Vivian:
Para poder reagrupar a un familiar: cónyuge, ascendientes (padre o madre), hijos (menores, del cónyuge, incapaces, o con repsonsabilidad como representante legal)es necesario haber residido legalmente en España durante un año y haber obtenido autorización para residir otro año más.
Cuando fuera posible y cumplieras los requisitos para reagrupar a tu madre, ella posteriormente podría reagrupar a tu hermano. Para ello es necesario que pase más tiempo y que tu madre haya adquirido la autorización de residencia y trabajo independiente a la autorización del reagrupante y por supuesto siempere que se cumplan los requisitos.
Un saludo,
Lourdes Torres