Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 31/08/2017
Formulada por: genesispb20
Descripción: Hola buenas tardes. Tengo 2 consultas la primera si un ciudadano español casado en España pero ya con documento de separación de cuerpo desde hace 2 años y en espera de que le den la resolución favorable del divorcio (ya fue aceptado) puede hacerse pareja de hecho en el extranjero.
Y la segunda pregunta en caso de poder, ¿esa carta de pareja de hecho apostillada podría servirle a la pareja para entrar tranquilamente a España o entraría cómo turista igual? Y luego podría solicitar la tarjeta de familiar comunitario por la ley de familia extensa?
Espero su ayuda muchas gracias
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 07/09/2017
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, Respecto a la inscripción como pareja de hecho en el extranjero, no sé si le exigirán que ya esté divorciado, pues esto dependerá de la legislación del país en que se vaya a hacer la inscripción. En el caso español, por ejemplo, sí se exige estar divorciado o soltero. Una vez hecha la inscripción, este documento podría ser suficiente para solicitar residencia en régimen comunitario como familia extensa. También sería bueno, si es posible, acreditar la convivencia, sea en España o en otro país. En cuanto a la entrada en España, dicho documento, junto con el DNI y el empadronamiento en España de la pareja comunitaria (usted) debería ser suficiente para entrar en España sin problemas. Suerte y un saludo.