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Consulta 11/08/2021
Formulada por: miguelutrera
Descripción: Buenas y gracias por su trabajo.
Llevo un par de años que obtuve la nacionalidad por opción (ser hijo de español de origen). Todos los tramites los realice con mi padre en España. Yo retorne a mi país de origen. Una vez llego mi certificado de nacimiento a mi domicilio en España mi padre me envío la misma para realizar el trámite del pasaporte el consulado e España. Envíe toda la documentación que ellos creían necesarias por correo electrónico. Una vez me dieron cita para terminar el trámite presencial, me presento en el consulado y estando allí, dicen que aparte de presentar mi certificado de nacimiento es necesario presentar la resolución del Registro Central para poder tramitar mi pasaporte por primera vez. Llamo al registro central les plateo la situación y me dicen que no envían resoluciones con los certificados de nacimientos. Tengo claro que los trabajadores de la embajada no cambiaran de opinión y no me tramitaran el pasaporte.
Mi consulta es que tipo de tramite puedo hacer para entrar en España y tramitar mi pasaporte en España ya que con el tema de la pandemia están restringida la entrada a turistas no vacunados y en mi caso en mi país no tengo la edad para ser vacunado.
Gracias.
Nacionalidad: España
País de residencia: Panamá
Respuesta 01/10/2021
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola miguelutrera. Antes de nada, pedirte disculpas por el retraso en la respuesta; espero que te sirva. Me faltan muchos datos para poder darte una respuesta más acertada pero por lo que dices y te he entendido, si te han dicho en el consulado que necesitan la resolución, imagino que se refieren a la resolución que se dictó cuando se tramitó tu nacionalidad y resolvieron concediéndotela por opción. Ahí tuvo que haber una resolución que notificarían a tu padre. En cualquier caso, si ya has llevado el certificado de nacimiento emitido por el Registro Civil Central, no deberían ponerte pegas para darte el pasaporte poque si han emitido el certificado de nacimiento, es porque ya han inscrito tu nacionalidad y ya tiene plenos efectos. Lo único que el certificado de nacimiento que te hayan expedido, tiene que ser emitido para obtención de pasaporte (debe ponerlo en el certificado de nacimiento). Respecto a cómo venir, insiste en que te expidan el pasaporte porque ya presentas tu certificado de nacimiento español donde consta cómo has obtenido la nacionalidad y si está inscrito, ya se ha cumplido con todos los trámites, incluido el de la jura. Como eres de Panamá, no necesitas visado para entrar en España para estancias no superiores a 90 días, o bien, si tu padre está aquí, en función de la edad que tengas, podrías solicitar un visado de régimen comunitario. Suerte y un saludo.