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Consulta 26/07/2023
Formulada por: MiguelR1989
Descripción: He leído muchos posts, páginas y grupos de Telegram donde se dice de todo sobre el proceso de asilo. Hay mucho ruido en la comunicación y la información no es del todo clara si se contrasta con la experiencia de muchas personas. Es por ello, por favor, que pido su apoyo para responder algunas preguntas que tengo. Aquí las detallo:
1. ¿Existe otra forma de solicitar asilo/protección además del proceso de llamadas y/o correos de la policía? En caso afirmativo, ¿Cuál sería el procedimiento?
2. Entiendo que el Padrón es un requisito clave, este permite formalizar/registrar la estancia en España. Hay oficinas de policía que rechazan al usuario si no lleva a la cita el padrón que corresponda a la localidad donde hace el trámite, la Ley 12/2009 no establece ese requisito como obligatorio o condicionante, ¿Existe alguna resolución donde se detalle esto y que sirva como soporte cuando se asista a una cita con Padrón de otra localidad?
3. En caso de queja/reclamo ¿A qué organismos de gobierno debo dirigirme?
4. ¿Tienen acceso a bolsas de trabajo y/o relacionados que apoyen en la colocación en trabajo para personas sin papeles?
5. ¿Qué servicios ofrecen a los migrantes sin documentos, que sirvan de apoyo, además de los ya conocidos?
Sin más a que hacer referencia, quedo a la espera de sus comentarios.
Muchas gracias.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 27/07/2023
Aportada por: José Manuel Illán Medina
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Alicante
Enunciado de respuesta: Buenos días: Procedo a darte respuesta, según el orden planteado en tus cuestiones: 1. ¿Existe otra forma de solicitar asilo/protección además del proceso de llamadas y/o correos de la policía? En caso afirmativo, ¿Cuál sería el procedimiento? Dependiendo de la provincia donde esté domiciliada la persona solicitante, el procedimiento varía; el listado a nivel nacional, lo puedes encontrar aquí: https://www.policia.es/miscelanea/extranjeros/contacto_solicitud_asilo.pdf 2.- ¿Existe alguna resolución donde se detalle esto y que sirva como soporte cuando se asista a una cita con Padrón de otra localidad? En la Instrucción de 30 de abril de 2021, de la Secretaría de Estado de Seguridad, se aclara y recuerda que "El acceso al procedimiento no se puede condicionar a la presentación de documentación 3.-En caso de queja/reclamo ¿A qué organismos de gobierno debo dirigirme?: No queda muy clara tu duda; no obstante, depende de quién sea el organismo o entidad que, supuestamente, ha ocasionado el motivo de queja o de la naturaleza de la misma: Dirección General de la Policía, Ministerio de Inclusión, Oficina de Asilo y Refugio, o Defensor del Pueblo. 4. ¿Tienen acceso a bolsas de trabajo y/o relacionados que apoyen en la colocación en trabajo para personas sin papeles?.- Este es un servicio de asesoría, las ofertas a las que se da publicidad a través de este portal están dirigidas, lógicamente, a personas autorizadas a trabajar. 5.- ¿Qué servicios ofrecen a los migrantes sin documentos, que sirvan de apoyo, además de los ya conocidos?.- Partiendo de que no queda claro cuáles son esos servicios "ya conocidos", para esta cuestión te sugiero que acudas a la oficina de Cruz Roja más próxima y, en fnción de tu necesidad, te orientarán sobre "otros" servicios" posibles. Un saludo.
acreditativa de condición alguna (por ejemplo, pasaporte o título de viaje, documento de
identidad, certificado de empadronamiento, certificado de ONG, entre otros) dado que la
normativa vigente en materia de protección internacional no exige que se aporte ningún
documento para que se pueda ejercer este derecho"