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Consulta 13/11/2022
Formulada por: Loganaries
Descripción: Buenas tardes la consulta es la siguiente tengo 40 años fui reconocido hace 6 años por mi papá que obtuvo su nacionalidad en el año 2002 la recupero por la ley del 29 de 1995 mis dos abuelos son originariamente españoles nunca perdieron su nacionalidad española la consulta es la siguiente a qué anexo debo acogerme o cuál serían los requisitos el anexo 1 por mis abuelos o el anexo 3 por hijas e hijas mayores de edad por favor qué debo hacer para yo poder obtener mi nacionalidad..... Mi papá está vivo aún y mis abuelos ya murieron
Mi papá nunca de casó con mi mamá
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: Venezuela
Respuesta 18/11/2022
Aportada por: Victoria Fdz. Vidal
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla
Enunciado de respuesta: Hola Loganaries: Entiendo que te corresponde en anexo I, según la información que das. Porque el III es para el caso de que tu madre se exiliara y al casarse con tu padre extranjero hubiera perdido su nacionalidad española. Por lo que cuentas este no es tu caso; era tu abuelo paterno el español, si no he entendido mal. Saludos y suerte.