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Consulta     04/11/2019

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Formulada por: luks

Asilo

Descripción: Hola me gustaria saber que opciones tendria una hermana que vendria de Perú con carta de invitacion para solicitar asilo, proteccion internacional o ayuda humanitaria ya que debido a la situacion que se esta viviendo en peru con los venezolanos tiene miedo de continuar alli, que opciones tendria para poder regularizar su situación aqui? Y que me ocurriria si la traigo con carta de invitación y solicita algunas de esas 3 opciones para quedarse?

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Alicante

Consulta 14/11/2019

Aportada por: luks

Enunciado de respuesta:

 Muchas gracias por la respuesta y aclaratoria, no especifique bien, mi hermana no es peruana es venezolana pero se encuentra en ese pais debido a la situacion de venezuela.... muchas gracias 

Respuesta 14/11/2019

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Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Estimado luks


El procedimiento de solicitud de protecció ninternacional está establecido para cualquier persona que teme persecución personal (por motivos concretos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual) o que teme sufrir daños graves (protección subsidiaria: p.ej. casos de guerra generalizada en el país). 


No se pide uno de los tres estatutos que usted menciona, sino se pide protección internacional en general y, en función de las alegaciones y pruebas que presente, la Administración española decide qué estatuto o darle razones humanitarias si concurriese una razón personal de peso (una enfermedad, personas muy mayores, etc.).  La mayoría de las peticiones son denegadas pues no se consideran dignas de ser protegidas.


En el caso que nos comenta, por pedirlo puede pedirlo si así lo considera pero lo que nos indica no es un motivo para que España le otorgue protección.  El hecho de que haya ciudadanos venezolanos en Perú buscando protección no es un motivo para pedir protección pues, en tal caso, todos los ciudadanos peruanos estarían en la misma situación. 


Por otro lado, la protección se puede pedir dentro del territorio si se tiene derecho a acceder o, caso contrario, al llegar a un puesto fronterizo se puede pedir sin que sea necesario ningún requisito, ni siquiera la carta de invitación.  Puede ser considerada una infracción grave: "promover la permanencia irregular en España de un extranjero, cuando su entrada legal haya contado con una invitación expresa del infractor y continúe a su cargo una vez transcurrido el período de tiempo permitido por su visado o autorización."  No obstante, entendemos que no se le aplicaría pues si pide protección no quedaría en situación irregular en sentido estricto.


Ahora bien, ha de saber que a los ciudadanos peruanos no se les aplica la situación nacional de empleo de cara a aprobar una autorización de trabajo.  Es decir, si hay paro en España en un sector concreto, nunca se autorizaría la contratación en el extranjero en ese sector (hay que buscar los trabajadores entre los que están en paro) pero esto no se aplica a los peruanos. Por tanto, si ustedes le encuentran una oferta de empleo podría ser mejor opción para vivir en España legalmente; esa oferta puede ser denegada si el empleador no está al día en el pago a Hacienda o al corriente con la Seguridad Social pero nunca puede ser denegada porque para tal empleo haya personas inscritas en el paro. Si se cumplen todos los demás requisitos no habría problemas.


Por tanto, mediten bien la vía que quieren utilizar pues no se están otorgando muchos estatutos de protección y, una vez que le denegasen, se le daría un plazo de 15 días para abandonar el país, a partir de los cuales estaría en situación irregular al menos hasta cumplir 3 años en España. Por eso le indico esta especificidad que juega a favor de peruanos que pasa por la búsqueda de un empleo y un empleador dispuesto a hacer las correspondiente tramitación de solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en favor de su hermana.


Esperando haberle aclarado, reciba un cordial saludo.

Respuesta 15/11/2019

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Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Estimado lucks,


Ahora me cuadra mejor la  consulta, ya me extrañaba tal motivo.


Siempre puede solicitar dicha protección pero en dicho procedimiento se tiene en consideración si ya se ha estado en otro país distinto del de origen en el que se temía persecución; se le preguntará por itinerario y podrían denegar por haber estado en lo que llaman tercer estado seguro.


No obstante, como sabrá,  hoy por hoy se está otorgando un estatuto humanitario cuando rechazan la petición de protección internacional a los venezolanos.


Siempre es aconsejable que acuda a organización especializada en estos temas de cara a plantear la solicitud.


Le deseo mucha suerte,  reciba un cordial saludo 

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