Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 26/06/2020
Formulada por: Yoyom
Descripción: Buenas tardes,
Mi sobrina es estudiante extranjera(no europea).Tiene derecho a trabajar?
Ella ha encontrado trabajo para los meses de julio, agosto y sept pero el gestor del empleador le dice que no puede contratarla por tener tarjeta de estudiante. Mientras tanto en otras empresas hay estudiantes que trabajan y en verano y con contratos. Me gustaría saber si la ley española permite a los estudiantes extranjeros trabajar, y en caso afirmativo, los pasos a seguir para que tengan autorización legal de trabajo.
Muchas gracias de antemano por su respuesta.
Atentamente
Eliane
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 30/06/2020
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Buenos días Eliane, La respuesta es que PUEDEN TRABAJAR A MEDIA JORNADA COMO MÁXIMO. Se entiende que pueden trabajar tanto tiempo como para no entorpecer los estudios. En la práctica, hablamos de media jornada, 20 horas semanales. Debe hacerse una solicitud a la oficina de extranjeros correspondiente. Quiero decir que el trámite no se hace de un día para otro. Requiere su tiempo y sus procedimientos. Un saludo
Consulta 30/06/2020
Aportada por: Yoyom
Enunciado de respuesta: Muchas gracias por si respuesta. Aunque sea durante el verano ( julio, agosto..considerados como meses de vacaciones para los estudiantes), no oyede trabajar más allá de 20h/semana? Gracias nuevamente. Eliane
Respuesta 30/06/2020
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Entiendo tu pregunta pero no puede trabajar más de 20 horas a la semana, ni siquiera en los meses de verano. Un saludo
Consulta 30/06/2020
Aportada por: Yoyom
Enunciado de respuesta: Perfecto muchas gracias. Un saludo Eliane
Respuesta 01/07/2020
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: De nada. Un saludo