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Consulta 15/10/2018
Formulada por: Belenchu
Descripción: estimados, tengo dos dudas, mi madre tiene ciudadania española adquirida, yo como mayor de edad puedo tramitarla?. otra duda: he vivido por dos años en España pero he vuelto a mi pais. En caso de volver estos años cuentan para tramitarla por arraigo o se pierden al no ser continuados los tres años necesarios? gracias, saludos cordiales
Nacionalidad: Argentina
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 20/11/2018
Aportada por: Antonio Ruiz Núñez de Castro
Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española Málaga
Enunciado de respuesta: Buenos días, Sobre la cuestión de la nacionalidad no podrías acceder a la misma en las actuales circunstancias. Respecto a la segunda cuestión, siempre que tu estancía en tu país de origen no exceda los 120 días por año podrían computarse el tiempo transcurrido hasta llegar a los 3 años de residencia continuada. No indicas tu edad, pero si eres menor de 26 años, podrías plantearte un permiso de residencia. Te dejo enlace con los requisitos para este supuesto. http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html Saludos.