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Consulta 16/08/2015
Formulada por: Jair
Descripción: hola yo so brasileño volví a Brasil por retorno voluntario tengo la residencia permanente mas el consulado de España me lo quitó por el retorno voluntario; mi pregunta ¿puedo ir a otro país de la unión europea como turista y quedarme hasta que vence mi 3 años de no retorno a España a trabajo?
Nacionalidad: Brasil
País de residencia: España
Provincia: Las Palmas
Respuesta 17/08/2015
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola Jair. Cuando compareciste en el consulado, éste te debió entregar un documento en el que se acredita la fecha de comparecencia ante el consulado, que es la fecha que se tiene en cuenta para contar los tres años, salvo que hubieras retornado por haber cobrado la prestación por desempleo que empezará a contarse una vez que hubieran transcurrido 30 días naturales desde la fecha del primer pago. En principio, la prohibición sólo es para España pero no obstante, debes tener cuidado con esto porque sí que podrían ponerte algún problema cuando trataras de recuperar la residencia de larga duración que tenías porque una vez que pasen los tres años, puedes solicitar la recuperación de tu residencia si era de larga duración y si comprueban que has estado en otro país de la Uníón Europea, podrían decirte que como has estado en ese país has incumplido la obligación de no regresar a España pero esto lo tendrían que demostrar ellos porque lo que dice la legislación, es que no regreses a España, nada dice respecto a otros países de la Unión Europea. Lo que no podrías hacer en ningún caso es regresar a otro país de la Unión Europea y estar más de 3 meses que es el tiempo permitido si vienes como turista ya que entonces te quedarías en situación documental irregular incluso en el país al que fueras y después podrías tener problemas cuando quisieras recuperar tu residencia de larga duración. Suerte y un saludo.