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Consulta 03/10/2016
Formulada por: genesispb20
Descripción: Hola, buenas tardes. ya estoy en trámite de arraigo social desde julio de este año pero aun no dan respuesta. Mi pregunta es ¿en qué momento mi jefe me puede dar de alta en la seguridad social? y si al ya tener el contrato no corremos ningún riesgo de que nos hagan una inspección de trabajo y lo multen.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 18/10/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado/a amigo/a, Mientras no se tenga una resolución que conceda la autorización de residencia solicitada, no es posible dar de alta al trabajador en la Seguridad Social. Mientras tanto, no es posible contratar legalmente al trabajador, ya que el contrato presentado para la solicitud de residencia es un contrato condicionado a la concesión de la autorización. No obstante, en caso de que llegase a haber una inspección de trabajo, si finalmente la autorización fuera concedida, existen sentencias que entienden que se deberían revocar las posibles sanciones impuestas. Suerte y un saludo