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Consulta 19/11/2020
Formulada por: Adela36348
Descripción: Hola soy de Ecuador y vivo en España y tengo residencia de larga duración..
Quisiera saber si con esta tarjeta puedo hacerme pareja de hecho con mi novio para que el pueda pedir la residencia en España ya q el esta en situación irregular.. gracias
Nacionalidad: Ecuador
País de residencia: España
Provincia: Tarragona
Respuesta 08/12/2020
Aportada por: Anna Serra Gironés
Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Girona
Enunciado de respuesta: Buenas tardes, La constitución de la pareja de hecho en Catalunya se rige por el código civil catalán y te exigirán o bien convivencia en Catalunya durante 2 años, o bien un hijo en común, o bien que tengais la pareja de hecho constituida vía escritura pública. El hecho de que estéis registrados como pareja de hecho, producirá un cambio en vuestro estado civil pero no por ese hecho tu pareja podrá regularizarse automáticamente. Para la regularización de tu pareja es necesario cumplir con los requisitos que marca la Ley de Extranjería: 3 años de estancia continuada en territorio español, oferta de trabajo e informe social favorable. Si sois pareja de hecho, tu pareja podría solicitar el permiso sin tener que presentar oferta de trabajo y presentaría tus medios económicos, en ese caso sólo le concedirían un permiso de residencia, no de trabajo. Un saludo