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Consulta 16/08/2017
Formulada por: santi70
Descripción: Hace dos años obtuve mi ciudadanía española por residencia, ahora quisiera traer a mi hijo que vive en Cuba y es menor de edad; ¿cómo lo hago, pues en los procedimientos de reagrupación he leído que solo aplica para los no españoles.
Nacionalidad: Cuba
País de residencia: España
Provincia: Baleares
Respuesta 16/08/2017
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimada amiga: La reagrupación de familiares por parte de ciudadanos/as de la Unión Europea no se regula en la ley de extranjería sino en un Real Decreto específico. Según éste usted puede reagrupar a sus hijos hasta los 21 años (no hasta los 18 sino 21) y si fuesen mayores de esta edad debe acreditar que vive a su cargo. Dado que es ciudadano cubano su hijo, precisa éste de un visado de entrada en España y ya aquí acudiría a la oficina de extranjeros para tramitar la correspondiente tarjeta de familiar de ciudadana de la UE. En el consulado español ha de acreditar su parentesco y la nacionalidad española de su madre (usted) explicando que su intención es residir en España. En algunos consulados españoles, en estos casos, informan que no han de sacar un visado de residencia sino uno ordinario para hacer la entrada legal y ya en España tramitar la residencia de familiar de ciudadano de la UE. Debe tener claro esto de cara a explicarlo y preguntarlo en el consulado español por si acaso en Cuba fuese distinto. En definitiva, no hay ningún problema para que venga a España y acceda a la residencia como familiar pero asegúrese con el consulado del concreto visado que ha de tramitar. En este enlace puede acceder a la información oficial sobre este tema. Le deseamos mucha suerte y gracias por su confianza.