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Consulta     01/02/2016

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Formulada por: Pinky10493

Error en un apellido en la concesión de nacionalidad.

Descripción: Hola
Mi caso es el siguiente , hace una semana concedieron mi nacionalidad española , y descargué la resolución y me sale mi nombre completo pero me repite el ultimo apellido es decir, que salgo con tres apellidos.
¿Qué debo hacer en ese caso? ¿Lo pueden corregir en el registro donde voy a jurar y donde me van a entregar el registro de nacimiento para que cuando vaya a sacar mi DNI no me salga con ese apellido de más repetido?
Espero una clara respuesta .
Muchas gracias .!

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Teruel

Respuesta 02/02/2016

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

 Hola Pinky10493.



Cuando jures la Constitución Española y a la hora de inscribir tus datos en el registro civil, es lo importante porque lo que inscriben es tu certificado de nacimiento que aportaste en su día y eso es lo que debe constar, por lo que no deberías tener problema para que pongan tu nombre y apellidos correctamente junto a tu tarjeta de residencia y pasaporte que lleves.


 Suerte y un saludo.

Consulta 02/02/2016

Aportada por: Pinky10493

Enunciado de respuesta:

 Muchas gracias .! Otra pregunta por favor , una vez ya me hayan concedido la resolución favorable de mi nacionalidad como lo es actualmente ya.


una vez concedida la resolución de la nacionalidad española la pueden luego denegar x algún motivo mientras esperas la cita para el juramento ??? 


Muchas gracias x su pronta respuesta .!!

Respuesta 03/02/2016

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

 Hola de nuevo Pinky10493.


Cuando tengas la notificación de que te han concedido la nacionalidad, debes acudir al Registro Civil donde la tramitaste antes de que pasen 180 días porque si no, se entenderá que has renunciado a ella y allí debes jurar la Constitución y  procederán a inscribir tu nacimiento y tu nacionalidad. 


En principio no es habitual que una vez dictada la resolución, no te concedan la nacionalidad porque la propia resolución en sí misma, no otorga la nacionalidad. Puede ocurrir que cuando vayas a jurar la Constitución, te hayas quedado sin autorización de residencia y en ese caso, podrían decirte que no te dan la nacionalidad.


Suerte y un saludo.

Consulta 03/02/2016

Aportada por: Pinky10493

Enunciado de respuesta:

 Ok muchas gracias .! Pero solo sería por ese motivo de Ke no tuviese la residencia en vigor ? O por otro motivo también ? ósea Ke una vez como es mi caso Ke ya tengo la resolución concedida es muy difícil Ke en el plazo de Ke te presentes A jurar te la denieguen por algo.!? Gracias x su respuesta.!

Consulta 08/02/2016

Aportada por: Pinky10493

Enunciado de respuesta:

 Lo KE pasa es Ke esta semana debo presentarme al centro penitenciario para acordar horarios para cumplir 7 días de trabajos sociales a la comunidad por faltas ya Ke no pude pagar una multa Ke me emitió el estado me ponen hacer trabajos sociales pero esta semana debo presentarme para dicha situación , (horarios ) .! Esto no me perjudica mientras llega el plazo de ir hacer el juramento ? 

Consulta 08/02/2016

Aportada por: Pinky10493

Enunciado de respuesta:

 Muchas gracias .!!

Respuesta 08/02/2016

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

 Hola de nuevo Pinky10493.


En principio no deberías tener ningún problema, salvo que se hubieran falseado los datos, cometieras algún delito...


 


Suerte y un saludo de nuevo.

Respuesta 08/02/2016

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola de nuevo Pinky10493.


No tiene por qué afectarte y no tendrías por qué tener problemas.


Suerte y un saludo nuevamente.

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