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Consulta 14/10/2019
Formulada por: Ujum
Descripción: Buenas tardes a una amiga le han denegado el permiso por arraigo, su empleador no tenia las condiciones de trabajo trabajaba como operador en una ett su esposa no trabaja y tiene una niña pequeña el contrato era de cuidadora.
La pregunta es cuanto tiempo debe esperar para introducir otro contrato y que debe hacer si la carta dice que tiene 15 días para abandonar territorio español
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Zaragoza
Respuesta 15/10/2019
Aportada por: Noemí Otero Franco
Su tarjeta de presentación: España. Abogada. Presto asesoramiento y consejo jurídico altruistamente en materia de extranjería.
Enunciado de respuesta: Buenos días, Puede presentar un recurso ante la denegación aportando un nuevo contrato con un nuevo empleador que cumpla con los requisitos, si no habrá de esperar el plazo de recurso para que la administración la archive. En cuanto a la salida del país en 15 días: todas las denegaciones de autorizaciones administrativas de residencia incluyen esta orden de salida, sin perjuicio de los recursos a los que tiene derecho, pero no es una orden de expulsión, por eso puede estar tranquila. Un saludo y suerte.
Respuesta 20/10/2019
Aportada por: Anna Serra Gironés
Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Girona
Enunciado de respuesta: Buenas tardes, Si la interesada no desea presentar ningún recurso contra la resolución denegatoria puede presentar, cuando reúna las condiciones, otra solicitud de permiso por arraigo social. Respecto a la salida obligatoria, es un recordatorio que se realiza en todas las resoluciones denegatorias de permisos de residencia y/o trabajo, con lo cual si la persona interesada no abandona el territorio en ese plazo de tiempo puede ser sancionada por estancia irregular en el caso que sufriera algún control policial. Un saludo