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Consulta 28/09/2020
Formulada por: islauti
Descripción: Estimados,
Soy ciudadano Argentino y me encuentro viviendo Aqui con mi novia quien es Italiana. Nuestro objetivo es emigrar el proximo año a Europa para trabajar y vivir un tiempo en el viejo continente.
Nosotros tenemos la idea de asentarnos en catalunya, para yo obtener primero los papeles, y luego trasladarnos a Italia.
Considerando que mi novia es Italiana, y yo soy Argentino. Vivimos juntos hace 4 años (Aunque no tenemos papeles firmados aca en Argentina), les consulto, cual de estas acciones me recomiendan considerar? Teniendo en cuenta que el objetivo es comenzar a TRABAJAR de manera LEGAL lo antes posible (una vez llegado alla).
- Emigrar a Europa, y firmar alla el concubinato / Pareja de hecho
- Realizar el concubinato / pareja de hecho en Argentina, y luego emigrar
- Casarnos en argentina, y luego emigrar
Cual opcion recomiendan? tambien, se que tanto italia como españa tienen legislaciones distintas, por lo que tambien les quiero consultar, a que pais me conviene viajar primero para asentar residencia y realizar los tramites? cualquier pais de la UE en el que pueda realizar el tramite es bienvenido (elegimos españa por el idioma)
muchas gracias a todos y saludos
Nacionalidad: Argentina
País de residencia: Argentina
Respuesta 14/10/2020
Aportada por: Lucía Artime Gómez
Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias
Enunciado de respuesta: Buenas tardes, si su pareja es italiana, podría usted disfrutar de un permiso de residencia en régimen comunitario en España, siempre y cuando esa convivencia sea legalmente probada y además ella tenga aquí un trabajo y pueda demostrar medios económicos suficientes. El permiso de residencia y trabajo que obtendría usted en España, no tendría validez en Italia automáticamente, por lo que le sugiero que consulte sobre las opciones en ese país para valorar la que más les pueda interesar. De las tres opciones que baraja, en cuanto a formalizar su relación , le comento que la primera de ellas quizás fuera la más acertada, aunque tampoco es inmediata, pues para poder registrar su pareja de hecho una vez estén en España, tendrán que demostrar tres meses de convivencia aquí y durante ese tiempo no podrá realizar ningún trámite al efecto de obtener la residencia. En cuanto a las otras dos opciones, si se casan allí tenga en cuenta que tendrían que legalizar el matrimonio en la embajada italiana y esos trámites suelen demorarse varios meses. Y finalmente, sobre el otro supuesto que plantea, formalizar allí la pareja, tendrían que asegurarse de que va a ser una formalización legal y que aquí tendría sus efectos (además de traerla apostillada). Un saludo
Consulta 14/10/2020
Aportada por: islauti
Enunciado de respuesta: Hola Lucía, muy amable tu respuesta, gracias por tu tiempo!