Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 14/02/2008
Formulada por: rixis
Descripción: Hola. Soy venezolana, si me voy a vivir con mi novio español y luego si todo marcha como deseamos por lo que decidimos casarnos sé que debo tener una serie de documentos entre ellos la partida de nacimiento legalizada que se vence a los tres meses, pero esos tres meses, ¿son después de emitidas por el registro o después de colocada la Apostilla de La Haya?
Además de esto necesito mi carta de soltería, ¿también se vence después de transcurrido cierto lapso? ¿Los antecedentes penales también se vencen?
Gracias.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 10/03/2008
Aportada por: Carlos Mas Alcántara
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Madrid
Enunciado de respuesta: HOLA:
SI TODO VENCE, ES DECIR, EL PLAZO LEGAL ES DE TRES MESES DESDE LA EXPEDICION DEL DOCUMENTO, SI BIEN SUELEN RECIBIR LOS DOCUMENTOS QUE ES ESTEN EN VIGOR TENIENDO EN CUENTA LA FECHA EN QUE FUERON APOSTILLADOS.
EFECITIVAMENTE PARA CASARTE NECESITAS LA CARTA DE SOLTERIA Y LA PARTIDA DE NACIMIENTO LEGALIZADA, Y POSTERIORMENTE TE HARA FALTA EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES.
UN SALUDO