Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 22/12/2019
Formulada por: Jyc
Descripción: Buenas noches mi consulta es por que trabajo por cuenta propia y ya estoy empadronado , aun soy legal tengo 2 meses en España .necesito saber si para si tengo que dejar pasar los 3 años para arraigo o puedo presentar papales para tramitar el tema legal . De ante mano gracias por su ayuda
Nacionalidad: Perú
País de residencia: España
Provincia: Cuenca
Respuesta 23/12/2019
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimado Jyc Para trabajar legalmente en España es preciso haber entrado con el visado correspondiente de residencia y trabajo aunque se esté exento de visado de entrada para estancias cortas (turista). Es decir, no se puede acceder a una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia habiendo entrado en calidad de turista siendo, efectivamente, el arraigo (3años) la vía para su regularización sin salir de España salvo que en este tiempo tuviese vínculo familiar con ciudadano/a de la UE. Un saludo cordial